martes, 23 de abril de 2013

Ética profesional y responsabilidad legal

¿Es legal o no colocar alguna distinción en documentos (fichas clínicas, consentimientos informados, exámenes,etc) que la persona presenta VIH/SIDA?

Esta es una pregunta compleja, ya que se contraponen varios aspectos en relación a la atención y a la protección del paciente VIH. Debemos partir explicitando que el examen para confirmación diagnóstica de VIH es privado, a pesar que deba notificarse a las instituciones que cumplen la función de vigilancia epidemiológica. El dueño de la información es el paciente, y si esa información es revelada al profesional de la salud, debe quedar consignada en la ficha clínica la cual posee la información del paciente. El profesional no puede hacer uso de esta información, sin el consentimiento informado previamente expendido por el paciente de forma escrita. Por lo tanto el hacer uso de distintivos en los diferentes documentos es en realidad utilizar la información privada del paciente sin su consentimiento, lo que no es legal.
Debemos recordar también que la atención médica/odontológica, según las normas de bioseguridad, debe realizarse para todos por igual considerando a todo paciente como potencial vector de infección por lo que no se justifica el uso de distintivos para un objetivo prevencionista. 
Si por ejemplo un paciente recibiera un beneficio de salud por su condición, y ésta debiese ser confirmada por el profesional, debe ser previo a un consentimiento informado y entendido por el paciente, dando él la autorización para el uso de información


Les dejo un PPT con la bibliografía utilizada, donde se hace un extracto de los artículos de la ley chilena que tienen relación con esta discusión. 




Aspectos legales en salud con respecto al vih from Andres Valencia

Les dejo un link de una noticia sobre recetas "marcadas" para pacientes VIH en españa
http://www.elmundo.es/elmundosalud/2012/09/24/hepatitissida/1348477146.html



2 comentarios:

  1. Durante un ramo clínico me pasó que un paciente luego de entrevistarlo para la ficha clínica y nombrarle todo el listado de posibles enfermedades (dentro de esas SIDA) a la siguiente sesión me confesó que había mentido respecto a la información que había entregado.
    Ante la respuesta positiva del SIDA, ocurrió que en la asignatura no tenían claro si era seguro para mí poder atender o no, ya que estábamos comenzando las clínicas.
    Luego de una interconsulta con su médico tratando y ver que estaba todo bien y estable ( su recuento de linfocitos CD4) lo atendí como de costumbre con las medidas universales, sin mayor problema.
    Menciono esto en particular, ya que al ser estudiantes debemos realizar fichas clínicas completas, que quizás en la realidad laboral no sea tan así, pudiendo no pesquizar este tipo de paciente, que es inseguro y desconfiado de dar esa información por el posible rechazo de su atención odontológica. Por lo que me parece muy interesante el tema ético como profesionales de la salud, y por otro lado, tener siempre presente que cada paciente puede tener múltiples enfermedades, por lo que las medidas básicas y universales deben estar siempre presentes.

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  2. La precauciones en la atención dental deben ser las mismas para todos los pacientes. Se deben usar los mismos métodos de barrera y las mismas normas de manejo y desecho de instrumental. Por otro lado en caso de existir algún accidente, por ejemplo de tipo corto-punzante, los protocolos a seguir son los mismos independiente del paciente.

    Aprovecho de colocar una guía del Minsal sobre Recomendaciones en la atención del paciente con VIH.

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